Condiciones de venta y de suministro de Floragard Vertriebs GmbH für Gartenbau, 26135 Oldenburg, Alemania
1. Las siguientes condiciones comerciales son aplicables a toda venta y suministro de Floragard Vertriebs GmbH für Gartenbau (Floragard). Condiciones comerciales contrarias o las condiciones comerciales o de compra del comprador sólo se incluirán, si Floragard acepta por escrito expresamente su validez.
Si no se acuerda lo contrario, se aplicarán los Incoterms en la versión válida al fi rmar el contrato, tanto para operaciones nacionales como extranjeras.
2. Las ofertas de Floragard no son vinculantes. Los acuerdos que, antes de fi rmar el contrato, se realicen con puntos de venta, representantes o agentes de Floragard, precisan para formar parte del contrato, de la confi rmación escrita de Floragard. Si en contratos que defi nen un precio fi jo, resultase existir una culpabilidad prolongada, o si los plazos de suministro acordados superasen los 4 meses, y si cambiasen nuestros gastos para la mercancía a suministrar, nos reservamos el derecho a aumentar adecuadamente los precios a partir del 4º mes según la variación correspondiente. Si el comprador no está de acuerdo con los nuevos precios de compra, tiene el derecho a rescisión extraordinaria.
3. Excepto si el comprador va a buscar la mercancía, los precios, en caso de envío por ferrocarril, se entienden con portes pagados a la estación de ferrocarril acordada; en caso de envíos por camión, franco recinto del destinatario; y en caso de transporte naval, franco puerto de destino. A petición de Floragard, el comprador le deberá enviar las cartas de porte originales. En caso de recogida, el riesgo pasa al comprador, tan pronto como se haya entregado la mercancía a la persona que realiza el transporte.
4. Se facturarán los precios de lista válidos el día de la recepción del pedido. El comprador compensará por separado los gastos adicionales imprevistos que Floragard tenga, p.ej. debido a condiciones meteorológicas o medidas legales (p.ej. Punto Verde, tasas viarias, impuestos). Los precios se entienden en neto y en euros por unidad. Además de los precios neto mencionados, se añadirá el IVA legalmente aplicable el día de la entrega o del suministro. Los palets que sirvan para el transporte, se facturarán aparte a un precio de EUR 9,50 más el IVA legalmente aplicable. El adeudo se realizará junto con la facturación del envío correspondiente. En los países que no estén afi liados al pool de intercambio de europalets, no se aplicará una facturación adicional, siempre y cuando los palets sean intercambiados inmediatamente al descargar. El peaje será presentado por separado, y debe ser abonado por el comprador, además de los precios de lista dados.
5. En caso de fl etes al extranjero, sólo se adoptarán tasas aduaneras, impuestos y demás devengos, así como gastos para el paso por aduanas y la tramitación en la frontera del país de tránsito o de destino, si Floragard así lo confi rmara expresamente por escrito.
6. Todo aumento de las tasas de transporte entre el momento de la fi rma del contrato y el de la entrega correrá a cargo del comprador, al igual que cambios legales u ofi ciales de tasas, costes, devengos o suplementos.
7. Al ser la fabricación de la turba y de productos derivados dependiente del clima, la entrega se realizará aproximadamente en la fecha indicada de suministro, dentro del marco de las posibilidades de transporte dadas, siempre y cuando no se acordasen plazos de entrega especiales o fechas fi jas. Son permisibles envíos parciales. Para que se inicie el plazo de entrega acordado, el comprador tiene que cumplir sus compromisos a tiempo y correctamente. Si el comprador demora la recogida o si infringe por su culpa demás compromisos de cooperación, Floragard estará autorizada a exigir compensación por el daño sufrido hasta el momento, junto a eventuales gastos adicionales. Nos reservamos el derecho a ulteriores reclamaciones. Si se dan tales circunstancias, el riesgo de la extinción casual o de empeoramiento del objeto a comprar pasará al comprador, en el momento en que éste retrase la aceptación o quede en demora.
8. Floragard suministra mercancías convencionales, que son adecuadas para el uso normal. Suministramos según unidades (de embalaje) o por volumen seg. DIN EN 12 580.
La estructura de la turba en bruto (turba de marjal alto) y de otras materias primas para la turba y sus productos está sometida a variaciones naturales. También el peso de la turba y el de sus productos varía según la estructura y la humedad. Por ello no se considerarán defectos materiales las variaciones respecto a muestras de venta o a envíos anteriores, a no ser que tales divergencias no puedan ser exigibles al comprador.
9. Los derechos y reclamaciones del comprador por defectos jurídicos o materiales prescriben al cabo de un año, empezando con la entrega. Las incumbencias del art. 377 del Cód. merc. al. son aplicables cuando el comprador, en calidad de agente mercantil en el sentido del Cód. merc. al., reclame por escrito cualquier cantidad que falte, envíos equivocados o demás defectos materiales en un plazo de una semana tras el envío, pero en todo caso antes de enajenar o de mecanizar la mercancía dada. El plazo de reclamación por defectos empieza al transcurrir el día en que se efectuó el suministro, independientemente del traspaso del riesgo. En cuanto al cumplimiento del plazo, es decisivo el momento en que Floragard reciba la queja correspondiente. Los daños debidos al transporte deberán comunicarse inmediatamente a Floragard. En caso de suministro por ferrocarril, camión o barco, el comprador deberá encargarse de las formalidades necesarias para con el transportista.
10. Floragard sólo será responsable, si se trata de defectos considerables. Si existiese tal defecto considerable en la mercancía, el comprador deberá dar a Floragard la posibilidad
de suministrar en un plazo adecuado, mercancía libre de defectos (cumplimiento ulterior), debiendo devolver la mercancía defectuosa. Si fuese imposible o desmesurado efectuar un envío compensatorio ulterior, Floragard tendrá el derecho a oponerse. En ese caso, el comprador tiene derecho a optar por una reducción adecuada del precio de compra, o a rescindir del contrato. Lo mismo es aplicable en caso de retraso por culpa propia o al oponerse al cumplimiento ulterior, no importando si fallase incluso la segunda vez. En caso de rescisión o de disminución, quedan excluidas reclamaciones por daños y perjuicios cuando superen el daño previsible típico derivado del contrato.
11. Si no resultase lo contrario en el ulterior texto, quedan excluidas las reclamaciones del comprador resultantes de otros motivos legales (especialmente reclamaciones por daños y perjuicios al infringir deberes contractuales adicionales, actuaciones indebidas, así como demás responsabilidades delictivas o reclamaciones por compensación de gastos). Ello es especialmente aplicable a reclamaciones por daños ajenos a la mercancía, así como a la compensación por ganancias perdidas. La exclusión de responsabilidades del apartado anterior no es aplicable, si se acordase una exclusión o limitación de la responsabilidad por daños derivados de afecciones de la vida, físicas o de la salud, debidas a una infracción de los deberes por parte de Floragard, su representante legal o auxiliares que cumplan sus encargos. Asimismo no es aplicable, si se acordase una exclusión o limitación de responsabilidades por demás daños debidos a una infracción premeditada o gravemente negligente de los deberes de Floragard, su representante legal o auxiliares que cumplan sus encargos. En caso de infracción culpable de un deber contractual esencial (deber cardinal), no se excluye la responsabilidad, sino que se limita al daño previsible típico del contrato y como máximo al valor de referencia de la mercancía solicitada o entregada. La exclusión de responsabilidades tampoco es aplicable en caso de adoptarse una garantía o al asegurar ciertas propiedades, si es que la responsabilidad del proveedor es aplicable a un defecto abarcado por tal circunstancia. Sólo se considerará dada una garantía o aseguramiento en el sentido de la intensifi cación de la responsabilidad o de la adopción de cierto deber relativo al costo, si se mencionasen expresamente los conceptos de “garantía” o “aseguramiento”. Las referencias a normas relativas a las operaciones comerciales, no incluyen ninguna garantía de composición en el sentido del art. 443 del Cód. civ. al.
12. Nosotros suministramos exclusivamente productos naturales, los cuales están sometidos a procesos de descomposición o de mineralización, y pueden contener una cantidad reducida de nemátodos u organismos saprófagos. No representará por ello ningún defecto del producto, si por ello surgiese algún moho. Para mantener la calidad, debería almacenarse cada producto en un lugar seco y fresco, protegido de la luz solar y la lluvia. Nuestros productos deberían procesarse sin demora, ya que un almacenaje a largo plazo
puede disminuir su calidad.
13. Estas condiciones comerciales generales no afectan los derechos según la Ley alemana de responsabilidad de productos, ni los derechos derivados del eventual deber de indemnización del fabricante.
14. Al aceptar letras, las comisiones correspondientes corren a cargo del comprador. Los cheques y las letras sólo sirven como forma de pago, pero no sustituyen el pago. Estas disposiciones son válidas, aunque al comprador se le conceda un crédito abierto o de aceptación para tal pago. Incluso sin las premisas del art. 321 del Cód. civ. al., Floragard puede en cualquier momento exigir seguridades.
15. Los importes facturados son vencederos en un plazo de 10 días tras recibir la factura, sin que se tenga que exigir su pago explícitamente. Si el comprador no paga al vencimiento, deberá intereses desde el momento del vencimiento, por un total de un 8 por ciento por encima del interés base según el art. 247 del Cód. civ. al, no precisando para ello de ningún aviso en vistas a las prestaciones anticipadas de Floragard. El lugar de cumplimiento de los pagos es la sede de Floragard. Si el comprador no pagase o sólo lo hiciese parcialmente al vencimiento, Floragard podrá ejercer el derecho de rescisión seg. el art. 323 del Cód. civ. al y, además, presentar alegaciones de inseguridad (art. 321 del Cód. civ. al.) debido a esa infracción de compromisos, incluso relativo a demás compromisos de suministro existentes, así como declarar el vencimiento inmediato de las deudas pendientes del comprador.
16. Floragard se reserva la propiedad de la mercancía que el comprador adquiera de Floragard en el marco de sus actividades comerciales, hasta que se hayan compensado todas las deudas del comprador, derivadas de tal relación comercial, inclusive las deudas que se contraerán en el futuro de contratos que se fi rmaron al mismo tiempo o más tarde. Lo mismo es aplicable cuando se incluyen facturas individuales o todas las facturas de Floragard en una factura conjunta corriente, y el saldo es librado y reconocido. En caso de demora del pago (relativa al precio de compra exigido o a letras vencederas), o en caso de otras infracciones de los deberes del comprador, Floragard estará autorizada a retirar la mercancía tras haber avisado o reclamado sin éxito, estando el comprador obligado a entregarla. Al retirar Floragard la mercancía suministrada, sólo rescindirá el contrato, si Floragard así lo expresa explícitamente por escrito. El comprador tiene el derecho a enajenar la mercancía por las vías comerciales ordinarias, bajo la premisa de que los derechos de la reventa pasen como sigue a Floragard: El comprador cede ya ahora a Floragard todo cobro junto a cualquier derecho vinculado, derivado de la ulterior enajenación o por otros motivos jurídicos frente al adquisidor o terceros, no importando si la mercancía bajo reserva es enajenada sin o tras procesarla. El comprador está autorizado a cobrar esos importes para Floragard, incluso tras tal cesión. Ello no afectará el permiso de Floragard de denunciar tal cesión o de cobrar ella misma el importe dado, aunque Floragard se compromete a no cobrarlo mientras el comprador cumpla correctamente sus compromisos de pago. Floragard puede exigir que el comprador la informe de los cobros cedidos a ella y de los deudores correspondientes, recibiendo todos los detalles necesarios para el cobro y la documentación necesaria, y que informe al deudor de tal cesión. Si se revendiese la mercancía junto a otras mercancías que no pertenezcan a Floragard, se considerará cedido el cobro del comprador frente al adquiriente por el importe del precio de entrega acordado entre el comprador y Floragard. La elaboración y el procesamiento de la mercancía bajo reserva y su mezclado se realizarán para Floragard en calidad de fabricante en el sentido del art. 950 del Cód. civ. al, sin comprometerla. La mercancía procesada se considerará mercancía bajo reserva en el sentido de estas condiciones. Si la mercancía bajo reserva es procesada o mezclada de forma inseparable con otros objetos que no pertenecen a Floragard, Floragard adquirirá la copropiedad del nuevo objeto en relación al valor contable de la mercancía bajo reserva, respecto al valor contable de las demás mercancías utilizadas en el momento del procesamiento o del mezclado. Los derechos de copropiedad así generados se considerarán mercancía reservada en el sentido de estas condiciones. Floragard se compromete a liberar las garantías que le correspondan, si su valor superase en más del 20 % los cobros que deban asegurarse, siempre y cuando éstos todavía no se hayan efectuado. El comprador sólo estará autorizado o podrá enajenar o usar la mercancía, cuando los derechos derivados de los párrafos anteriores realmente sean traspasados a Floragard. El comprador no está autorizado a disponer de la mercancía reservada, más que para enajenarla o usarla en el usual sentido comercial, especialmente no para pignorarla ni transferirla como seguridad. El comprador deberá informar inmediatamente a Floragard de cualquier medida de ejecución forzosa o demás intervenciones de terceros respecto a la mercancía reservada o los cobros cedidos, entregándole la documentación necesaria para oponerse a ello (especialmente protocolos de pignoración y resoluciones de pignoración o de transferencia). Al mismo tiempo, el comprador deberá añadir a esa información una declaración jurada sobre la identidad de los objetos pignorados. En caso de cesar los pagos o de solicitud o apertura de un procedimiento de insolvencia, se extinguirá el derecho de enajenación y el de uso de la mercancía reservada, así como la autorización para cobrar las deudas cedidas (en caso de protesto de cheques o de letras, también se extinguirá la autorización de cobro). Al ser compensado todo derecho de Floragard derivado de la relación comercial, pasarán al comprador la propiedad de la mercancía reservada y la de los cobros cedidos.
17. Las circunstancias que hagan imposible la producción o el suministro de mercancía vendida, o impedimentos que sólo se puedan superar a base de un esfuerzo no exigible, tales como fuerza mayor, guerra, disturbios, huelga, encierro, medidas aleatorias legales o de las autoridades, rotura de maquinaria o demás perturbaciones internas, aunque sean debidas a la intemperie o al tráfi co, tanto en la persona de Floragard como en las plantas suministradoras o demás proveedores, exonerarán a Floragard del deber de suministro mientras dure tal impedimento o sus secuelas, sin que Floragard esté obligada a cumplimiento ulterior. Si en esos casos el suministro no es realizado total o parcialmente en un plazo de 2 meses tras fi rmar el contrato o de solicitar la mercancía, tanto el comprador como Floragard tendrán el derecho a rescindir la parte del contrato que se refi era a la mercancía afectada por tal impedimento o perturbación, sin que se puedan reclamar daños y perjuicios. Tal declaración deberá estar a la disposición del otro socio contractual en un plazo de dos ulteriores semanas.
18. En cuanto a las condiciones comerciales y toda relación jurídica entre Floragard y el comprador, es aplicable la legislación de la República Federal de Alemania, excluyéndose el Acuerdo UNCITRAL. Aunque esas condiciones sean traducidas a otro idioma, en caso de duda será válida la versión alemana.
19. Si alguna o varias disposiciones de estas condiciones fuesen o se volviesen legalmente inefi caces, ello no afectará la validez de las demás disposiciones. La sede exclusiva del juzgado para cualquier litigio derivado directa o indirectamente de esta relación contractual, es la sede de Floragard.
Versión: 01.03.2009